Registro Nacional de Turismo (RNT)

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El Registro Nacional de Turismo (RNT) es un catálogo en el que los usuarios de los servicios turísticos pueden identificar la a los establecimientos que se encuentran debidamente constituidos, por lo que pueden encontrar un respaldo y un elemento más para garantizar la seguridad en sus transacciones. Dicho registro tiene una vigencia de dos (2) años y deberá de ser renovado.

Consulta RNT
Consulta RNT

Por otro lado, los beneficios para los prestadores de servicios turísticos, es que el RNT funciona como una llave para acceder a todos los sistemas de calidad turística, federales, como Distintivo M (Moderniza), Punto Limpio, Distintivo H, Tesoros de Mexico, los segmentos especializados, Halal, Turismo incluyente, Cerca de China; Distintivo S, Distintivo Nacional de Calidad Turística (DNCT), entre otros, debido a que, como lo indica la Ley General de Turismo, todo establecimiento turístico tiene la obligación de inscribirse[1] al Registro Nacional de Turismo.

Por otra parte, el Ejecutivo Federal, los Estados y los Municipios, podrán tener el conocimiento de la existencia de distintos prestadores de servicios turísticos que podrán integrar en sus políticas públicas, así como a los distintitos programas de desarrollo y proyectos.

Este registro público puede ser consultado por cualquiera en cualquier momento, ayudando a dar certeza y seguridad a los clientes y consumidores. También se puede realizar la inscripción al RNT, Reposición de Certificados del RNT, Documentación solicitada para el RNT, dependiendo el giro de la empresa, entre otros en la siguiente liga http://rnt.sectur.gob.mx/RNT_PrestServTuris.html.

Si eres prestador de servicios turísticos, no pierdas la oportunidad de obtener los beneficios que te da el RNT, que además es un registro gratuito, si requieres asesoría, con gusto te orientamos. Si eres usuario de servicios turísticos, busca los establecimientos y asegúrate de quién es el que te los está proporcionando.

En caso de que los establecimientos sean verificados por la autoridad y no cuenten con este registro, podrían ser acreedores a la sanción establecida en el artículo 69 de la Ley, correspondiente a una multa que podrá ir de 500 hasta 1500 días del valor inicial diario de la Unidad de Medida y Actualización, por lo que antes de recibir una visita de verificación, regístrate lo antes posible, para evitar la multa.

Para consultar el RNT de un establecimiento y tener certeza de sus servicios, sigue los pasos indicados en el siguiente artículo: ¿Cómo consultar un registro nacional de turismo (RNT) válido?

[1] Artículo 46, de la Ley General de Turismo


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Una respuesta a “Registro Nacional de Turismo (RNT)”

  1. Avatar de Estrategia Nacional para el Turismo 2019-2024 | Alberto Morgado · Profesionales en Turismo

    […] y actualizar el Registro Nacional de Turismo (RNT), para poder hacer toma de decisiones […]

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